En los períodos de aislamientos y distanciamientos, a causa de la pandemia mundial, se ha recrudecido la difícil situación de las víctimas, mayoritariamente mujeres. La crisis social y sanitaria ha tenido consecuencias graves, por los obstáculos a superar a la hora de pedir y recibir ayudas.
La ley nacional 26485, que nos rige desde el año 2009, define y describe tipos de violencias: física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, simbólica o política. En su Art. 4 establece que se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, por acción u omisión, basada en razones de género, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, establecida en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, participación política, o afecte su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o a través de sus agentes.
Se considera violencia indirecta, a los efectos de la mencionada ley, toda conducta, acción, omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón.
Desde nuestro movimiento cooperativo asumimos una actitud activa en pos de garantizar una vida libre de discriminaciones y violencias entendiendo que la batalla cultural es también anti patriarcal. Nuestras Empresas de la Economía Social desde sus culturas organizacionales y compromisos con la comunidad, nos constituimos como ámbitos que deben garantizar plenamente la vigencia y el respeto a los derechos humanos, a la no discriminación y estar libres de violencias como metodología que fortalezca la libre participación de nuestras compañeras y la innovación democrática, acorde a los objetivos de un desarrollo sostenible.
Desde el año 2017, las tareas de concientización, mediante un pacto Cooperativo por la no violencia de género, propuesto por la Confederación Cooperativa de la República Argentina y refrendado por Federaciones y Cooperativas de todo el país, constituyen una herramienta y guía que extiende sus alcances informando y previniendo a las comunidades donde se encuentran. Un ejemplo actual es el proceso de formación opcional que se está desarrollando en nuestras organizaciones, la llamada “Ley Micaela” establecida para agentes del Estado desde el año 2018 y que lleva el nombre de una joven militante social.
A efectos de asegurar un accionar eficiente en la difusión y alcances de nuestros objetivo, se hace imprescindible la articulación con organismos estatales, entre los cuales mencionamos: el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), el Ministerio de la Producción de la Nación como así también con la Comisión Nacional de Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de la Violencia de Género (CONSAVIC), todos los cuales tienen un foco puesto en nuestras entidades productivas.
Por ejemplo, en las tareas de cuidados, siempre adjudicadas a las mujeres como trabajo no remunerado y también en la generación de trabajos que promuevan el desarrollo profesional y económico, entendiendo que la prevención de la violencia económica es fundamental en estos momentos.
El desafío sigue siendo la incorporación y más participación en la composición de los Consejos de Administración que dirigen las entidades de la Economía Social, superando los obstáculos y barreras de la sub representación y disparidades. El crecimiento sostenible, en el camino a la transformación en un mundo más justo y solidario pos pandemia, exige una perspectiva de género como condición para un efectivo y permanente desarrollo con plena inclusión social.
Secretaría de Género del IMFC.
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