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REFLEXIONES Y DEBATES
Seguridad social y cuidados
Número 232 / Año 2020 / Por Galeazzi, Cecilia - Polti, Natalia
A partir de los datos del último relevamiento del Programa Facultad Abierta nos proponemos analizar la información sobre cuidados en relación con la seguridad social. Vincular estos temas nos puede brindar elementos para empezar a pensar otras formas de organizar socialmente el cuidado reconociendo que las tareas de cuidado no son una responsabilidad exclusiva de las familias -y al interior de ellas de las mujeres- sino un problema social. Por otra parte, empezar a generar datos sobre estas problemáticas permite -además de visibilizar y valorar todo este trabajo- empezar a pensar colectivamente otras formas para organizar la reproducción de las personas a partir de una organización social del cuidado que redistribuya la responsabilidad de cuidar y de proveer cuidado a través de la participación de diferentes actores, además de los hogares, como el Estado, el mercado y otras organizaciones comunitarias.
Social Security and Care. Based on the data from the last survey of the Facultad Abierta Program, we intend to analyze the information about care in relation to social security. Linking these topics can provide us with elements to start thinking about other ways of socially organizing care, recognizing that care tasks are not the exclusive the responsibility of families—and, within them, of women—but rather a social problem. On the other hand, starting to generate data on these problems allows—in addition to appreciating and making all this work visible—to begin to collectively think about other ways to organize the reproduction of people from a social organization of care, that redistributes the responsibility of caring for and providing care through the participation of different players, in addition to households, such as the State, the market and other community organizations.
Previdência social e cuidados. Com base nos dados do último levantamento do Programa Faculdade Aberta, nós pretendemos analisar as informações sobre o serviço de atendimento no âmbito da previdência social. Articular essas questões vai nos permitir começar a pensar outras formas de organizarmos nessa matéria, sabendo que essa obrigação de cuidado não é responsabilidade exclusiva das famílias -e dentro delas das mulheres, mas sim um problema da sociedade toda. Além disso, reunir dados sobre essa questão vai nos permitir visibilizar e avaliar todo esse trabalho, e pensar, coletivamente, em outras formas de organização da reprodução das pessoas, partindo de uma estrutura social de atendimento, que redistribua as responsabilidades entre os diferentes atores, além das famílias, tais como o Estado, o mercado e outras organizações comunitárias.
Revista Idelcoop, nº 232. Noviembre 2020 - ISSN 0327-1919 / Sección Reflexiones y Debates
Idelcoop Fundación de Educación Cooperativa

 

Seguridad social y cuidados[1]

 

Cecilia Galeazzi[2] y Natalia Polti [3]

 

Resumen

 

A partir de los datos del último relevamiento del Programa Facultad Abierta nos proponemos analizar la información sobre cuidados en relación con la seguridad social. Vincular estos temas nos puede brindar elementos para empezar a pensar otras formas de organizar socialmente el cuidado reconociendo que las tareas de cuidado no son una responsabilidad exclusiva de las familias -y al interior de ellas de las mujeres- sino un problema social. Por otra parte, empezar a generar datos sobre estas problemáticas permite -además de visibilizar y valorar todo este trabajo- empezar a pensar colectivamente otras formas para organizar la reproducción de las personas a partir de una organización social del cuidado que redistribuya la responsabilidad de cuidar y de proveer cuidado a través de la participación de diferentes actores, además de los hogares, como el Estado, el mercado y otras organizaciones comunitarias.

 

Palabras Clave: seguridad social, tareas de cuidado, economía social.

 

 

Antes de abordar los datos relevados nos gustaría hacer algunas aclaraciones. En primer lugar, este es el primer relevamiento en el que se incluyen preguntas específicas sobre temas vinculados al cuidado. Los datos que vamos a analizar, entonces, son una primera aproximación que esperamos que nos puedan servir para empezar a visibilizar y a pensar colectivamente propuestas y soluciones sobre esta temática.

Nos interesa destacar, además, que estas preguntas fueron incorporadas en respuesta a una propuesta que surgió de los talleres que se realizaron en torno al eje “producción y reproducción para la vida” en el marco del II Encuentro Regional Sudamericano “La Economía de los y las trabajadoras” que se realizó en Montevideo en 2016.

Elegimos analizar la información sobre cuidados en relación con la seguridad social porque nos parece que vincular estos temas nos puede brindar elementos para empezar a pensar otras formas de organizar socialmente el cuidado reconociendo estas tareas no son una responsabilidad exclusiva de las familias -y al interior de ellas de las mujeres- sino un problema social. Todas las personas a lo largo de nuestras vidas necesitamos cuidados y somos capaces de brindarlos: en la infancia, en la vejez, cuando estamos enfermos/as, cuando nos encontramos en situación de dependencia por algún tipo de discapacidad. La seguridad social entendida en un sentido amplio, y  no solo como un derecho derivado del trabajo, es una manera de asumir colectivamente algunas de estas responsabilidades.

Podemos definir a la seguridad social de dos maneras diferentes: en un sentido restringido y en un sentido amplio. En el primer caso, se considera como sujeto de derecho a las personas que trabajan, por lo tanto, es su condición de trabajador o trabajadora la que le permite acceder a las coberturas correspondientes de acuerdo con  el régimen legal vigente. Entendida de esta forma la seguridad social es un derecho derivado del trabajo y de las relaciones laborales y busca brindar cobertura ante las distintas situaciones que pueden impedir la continuidad laboral, tales como accidentes de trabajo, maternidad, desempleo, vejez, etc. Desde la segunda perspectiva, en cambio, se considera sujeto de derecho a todas y todos los integrantes de la sociedad sin tener en cuenta su actividad laboral, es decir, la seguridad social se reconoce como un derecho  de todas las personas.

 

En nuestro país, la seguridad social se corresponde mayoritariamente con el primer modelo. Es decir, el acceso a las coberturas depende en gran medida de los aportes que cada trabajadora y trabajador realice según el tipo de contratación que posea.

 

Situación de las empresas recuperadas con respecto a la seguridad social

 

Los trabajadores y trabajadoras de las ERT que se organizan en cooperativas de trabajo tienen acceso a la seguridad social a través del monotributo. El monotributo es un régimen tributario integrado y simplificado que unifica en un solo pago mensual las obligaciones impositivas (IVA e impuesto a las ganancias)  y previsionales (obra social y jubilaciones). Ahora bien, que los trabajadores y trabajadoras adhieran al monotributo genera distintos problemas relacionados tanto con las prestaciones que obtienen como con las desprotecciones a las que se ven expuestos.[4]

En diciembre de 2013 para intentar subsanar alguna de estas dificultades el INAES emitió la Resolución 4664/13 que permite que las ERT puedan  contratar  seguros a través de las ART y que puedan optar en asamblea por realizar los aportes previsionales como las y los trabajadores que se encuentran en relación de dependencia. Más adelante analizaremos el impacto de esta resolución.

Según los datos obtenidos a partir del último relevamiento de Empresas Recuperadas (2016-2017), en un 85% de las ERT los trabajadores y trabajadoras están inscriptas en el régimen de monotributo, mientras que el 15% restante lo está tramitando. Este grupo está integrado por empresas de reciente conformación -son todas posteriores a 2016- que, en su mayoría, recién estaban empezando a funcionar al momento de ser encuestadas. Es importante destacar, además, que dentro de este 85% inscripto hay un 9% que no puede acceder a los beneficios por no estar pagando con regularidad el monotributo debido a las dificultades económicas que están atravesando.

Con respecto a cómo realizan el pago del monotributo podemos ver que en la mayoría de los casos se hace a través de la cooperativa (63%), mientras que en  alrededor de un tercio de las ERT (37%) se realizan individualmente. Al preguntar qué tipo de monotributo pagaban la respuesta fue muy pareja: en un 55% de los casos los y las trabajadoras pagan el monotributo general mientras que un 45% de los casos lo hacen al monotributo social.[5] Poder tributar en uno u otro tiene que ver con el nivel de actividad de cada empresa recuperada. Por lo tanto, mantenerse en el monotributo social implica establecer un techo a la producción de la ERT ya que una pequeña diferencia en los niveles de actividad puede implicar pasar de pagar $520,61 para que cada integrante de la cooperativa tenga las coberturas (monotributo social) a pagar $ 1955,68 (categoría más baja del general).[6]

 

Cobertura contra riesgos del trabajo

 

Un dato interesante para analizar de los resultados de este relevamiento es qué cambios perciben los trabajadores y trabajadoras en relación con la seguridad en el trabajo desde el proceso de recuperación. Los datos muestran que en un 56% de los casos la seguridad 

 
   

en el trabajo mejoró con respecto a la gestión bajo patrón, mientras que en un 33% la situación es similar, y solo un 4% considera que empeoró. En uno de estos casos el deterioro en la seguridad en el trabajo se debe al hecho de no contar con los recursos económicos necesarios para garantizar las condiciones de trabajo adecuadas. Se trata de una ERT que funciona desde la década del 90’ y que debido a las dificultades económicas solo está produciendo a un 20% de su capacidad instalada.

Como se detalla en el siguiente cuadro estas mejoras se deben principalmente a que desde la recuperación las trabajadoras y trabajadores de estas ERT se capacitaron en seguridad e higiene, a que ahora son ellos y ellas quienes se ocupan de la seguridad en el trabajo, a que pueden trabajar sin tanta presión y a que realizaron mejoras en las condiciones edilicias y/ o de las máquinas.

La percepción de estas mejoras también se ve reflejada en la cantidad de ERT que cuentan con algún tipo de protección contra riesgos de trabajo. Al preguntar específicamente sobre esto podemos ver que en un 67% de los casos los y las trabajadoras tienen algún tipo de cobertura mientras que un 30% no posee ninguna (el 3% restante no respondió a esta pregunta). Esto supone un leve aumento en relación  con años anteriores, ya que el porcentaje de ERT que habían contratado algún tipo de seguro en el relevamiento general de 2010 era de 62%.

El detalle de los tipos de cobertura se puede ver en el gráfico a continuación.

Algo importante para destacar del cuadro es que un 14% de empresas recuperadas han podido contratar la cobertura a través de ART, lo que demuestra que paulatinamente estas aseguradoras están empezando a aceptar realizar pólizas a favor de cooperativas de trabajo. Recordemos que recién a partir de la Resolución Nº4664 del INAES en el año 2013 las cooperativas de trabajo fueron autorizadas a contratar este tipo de aseguradoras. Hasta ese momento, al no tener acceso a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) debían contratar algún tipo de seguros contra accidentes personales, los cuales implican costos más elevados y menos beneficios para la unidad productiva.

 

Cobertura previsional

En un 70% de las ERT encuestadas hay trabajadores y trabajadoras jubiladas o próximos/as a jubilarse. Cabe aclarar que casi un 3% de los trabajadores y trabajadoras han alcanzado la edad jubilatoria pero todavía no se han podido jubilar y un 6% son jubilados/as efectivos que siguen trabajando. En la mayoría de ERT las trabajadoras y trabajadores jubilados/a o a punto de jubilarse continúan realizando las mismas tareas (75%), mientras que en un 25% de ERT, esta población ha cambiado de tareas, pasando a realizar trabajos más livianos o cambiando sus funciones desde áreas de producción a administración.

 

La permanencia de estas/as trabajadores y trabajadoras como parte activa de la cooperativa puede vincularse con dos aspectos: el incumplimiento de los aportes previsionales por parte de los antiguos empleadores y la pérdida del historial previsional que sufren los y las trabajadoras al verse obligados/as a aportar al monotributo.

Con respecto al incumplimiento de los aportes patronales, en un 56% de las ERT consultadas, los y las antiguos empleadores no habían efectuado los aportes correspondientes. Esta es una de las maniobras fraudulentas, junto con las estafas al fisco y la elusión de los derechos laborales como el pago de indemnizaciones por despido o del pago de salarios en término, a la que recurrieron los y las empresarios durante el “vaciamiento” de las empresas que posteriormente fueron recuperadas. Al consultar si habían iniciado algún tipo de reclamo por estas deudas encontramos que un 44% de los casos inició juicios (de los cuales un 8% no llego a prosperar), un 6% hizo el reclamo través de las obras sociales sindicales, y un 14% prefirió que la deuda forme parte de la quiebra.

 

Con respecto a la pérdida del historial previsional hay que tener en cuenta que el cálculo del monto de la prestación jubilatoria posee dos componentes: una prestación básica universal y otra compensatoria. Para acceder a la prestación universal basta con cumplir los requisitos generales: haber alcanzado la edad jubilatoria y tener un mínimo de 30 años de aportes. La prestación compensatoria, en cambio, es variable y se calcula en función de un promedio de los aportes de los últimos 10 años realizados por las trabajadoras y trabajadores, donde a mayor salario corresponde mayor aporte. El pago del monotributo hasta enero de 2017 implicaba el aporte al SIPA de una suma fija que correspondía al monto mínimo aportable, por lo tanto, si los últimos 10 años de aporte  se realizan a través de este régimen, el promedio de los aportes baja. Desde enero de 2017 este monto varía según la categoría. Sin embargo, como la gran mayoría de los/las trabajadores y trabajadoras aportan a las categorías más bajas, esta pérdida se mantiene. Como dijimos al inicio, la Resolución 4664/13 habilita la posibilidad de que se realicen las cotizaciones de los y las trabajadores y trabjadoras bajo el régimen de relación de dependencia. Esta modificación intenta brindar una solución para el problema que acabamos de detallar, sin embargo, casi la totalidad de las ERT entrevistadas desconocen esta resolución o no están en condiciones económicas de afrontar los incrementos en los aportes que ello implicaría. Tenemos noticias de una sola empresa recuperada que se acogió a esta resolución, pero se trata de un caso particular, una escuela cooperativa que recibe subsidio estatal, lo que le permite afrontar los costos de optar por esta forma de cotización.

Podemos suponer que estas situaciones serían diferentes si se contara con un sistema de seguridad social que pudiera dar respuestas efectivas a las necesidades de quienes, después de su vida laboral, llegan a la edad jubilatoria. Por otra parte, es importante  tener en cuenta que un 16% de los/as trabajadores y trabajadoras de las empresas entrevistadas se encuentran dentro de los 10 años previos a la edad jubilatoria, es decir que serán quienes se enfrenten con este tipo de situaciones en un futuro cercano.

 

Cobertura de salud

 

Si analizamos el siguiente cuadro y lo comparamos con  relevamientos anteriores, podemos ver una leve mejora en la calidad de la cobertura de salud a la que acceden las trabajadoras y trabajadores de las empresas recuperadas.

 

En 2010 veíamos que el 55% obtenía cobertura a través del pago del monotributo, mientras que en este relevamiento ha disminuido al 32%. Recordemos que el pago del monotributo solo brinda acceso a la cobertura del Programa Médico Obligatorio (PMO) debiendo abonar una suma adicional para acceder a los servicios médicos no incluidos en él. Además, como el monotributo solo brinda cobertura al titular, se debe pagar  aparte por cada familiar al que se desea dar cobertura (esto implica $520,61 por cada adherente al monotributo social o $1041,22 por cada uno al monotributo general). También podemos ver que se incrementó levemente la cantidad de las y los trabajadores que, además de pagar el monotributo, suman la cobertura de alguna prepaga para completar las escasas coberturas que este brinda. Este incremento fue de un 16% en 2010 a un 22% en el informe actual. Por otra parte, dentro del 14% que tiene cobertura solo a través del sistema de salud pública, casi la mitad corresponde a trabajadores y trabajadoras que están inscriptos/as en el monotributo pero que, por no estar al día, no obtienen la cobertura de salud. Esto sucede debido a que, si se deja de pagar por tres meses consecutivos o cinco alternados se pierde el carácter de afiliado activo, lo que implica que  debe saldarse la deuda y reiniciar los trámites de afiliación para volver a tener cobertura. Otro dato significativo es que se conserva el mismo porcentaje de cobertura a través de las obras sociales sindicales (29%), lo que implica que estos trabajadores y trabajadoras conservan los mismos derechos en la cobertura que cuando estaban bajo patrón. En su mayoría corresponde a trabajadoras y trabajadores afiliados al sindicato gráfico, sindicatos de prensa, textiles y la Unión Obrera Metalúrgica.

 

Las Empresas Recuperadas por sus Trabajadores (ERT) y las tareas de cuidado

 

Como decíamos al inicio, creemos que analizar la información sobre cuidados junto con la información sobre seguridad social nos puede brindar elementos para empezar a pensar otras formas de organizar socialmente el cuidado, reconociendo que las tareas de cuidado no son una responsabilidad exclusiva de los hogares y de las mujeres sino un problema social. Reconocer el cuidado como una problemática social, entonces, nos permite sacarlo del terreno de lo privado/doméstico/familiar, desnaturalizarlo como algo propio de las mujeres y empezar a pensar otras formas para organizar la reproducción de las personas a partir de una organización social del  cuidado que distribuya la responsabilidad de cuidar, a través de distintos actores además de los hogares.

Retomando a autoras como Corina Rodríguez Enríquez y Cristina Carrasco hemos elegido abordar las tareas de cuidado desde el concepto de “economía del cuidado” en lugar de “trabajo doméstico” o “trabajo reproductivo”, ya que esta categoría nos permite visibilizar las tensiones que se generan entre las necesidades de cuidado y los modos en que los mismos son provistos. Las tareas de cuidado, por estar invisibilizadas al interior de las familias, son pensadas como un problema individual y de las mujeres, lo que no permite ver que el trabajo de cuidado cumple una función esencial en las economías capitalistas: la reproducción de la fuerza de trabajo. Es decir, sin todo este trabajo cotidiano el sistema no podría reproducirse. Asociar la idea de cuidado a la economía, además, nos permite visibilizar el rol sistémico del trabajo de cuidado y analizar cómo produce o contribuye a producir valor económico. Si tenemos en cuenta, además, que en nuestro país la baja provisión de servicios públicos de cuidado hace que estas tareas recaigan mayoritariamente en las familias (y dentro de estas en las mujeres) podemos ver cómo la distribución desigual de estas tareas se vuelve un vector reproductor de la desigualdad de género.

En un sentido amplio vamos a entender por economía del cuidado a todas aquellas actividades necesarias para la supervivencia cotidiana de las personas. Estas tareas incluyen el autocuidado y el cuidado de otras personas, como niños, niñas o adultos/as mayores, pero también incluyen todas las actividades necesarias para poder llevar adelante estas tareas: limpieza de la ropa y de la casa, compra y elaboración de alimentos, etcétera. Y también con la gestión del cuidado, es decir, con la coordinación de horarios, traslados a escuelas, espacios recreativos, centros de salud, supervisión de cuidadoras remuneradas, entre otras.

 

En relación con ello, este informe incluyó preguntas sobre cómo son los plazos con que cuentan las y los trabajadores para poder atender estas tareas.

Lo que muestran los datos es que en todos los casos se estableció algún tipo de criterio para garantizar licencias por maternidad, paternidad, enfermedad, cuidado de familiares enfermos y matrimonio. Sin embargo, llama la atención, como podemos ver en el cuadro siguiente, que un 67% haya pensado plazos o coberturas alternativas.

Dentro de este gran “Otras”, la gran mayoría (78%) optó por priorizar la necesidad de los y las trabajadoras en lugar de tener plazos preestablecidos. En algunos casos eso implica que los plazos de las licencias sean mayores al establecido por la Ley.

En los casos restantes un 13% optó por establecerlas en el reglamento interno, en un 8% todavía lo estaban discutiendo en el momento de realizar la encuesta y un 3% tomaban los días de licencia pero no contaban con las condiciones económicas para poder cubrirlos. Este último porcentaje corresponde a una ERT de muy reciente conformación al momento de realizar el relevamiento.

En relación con esto también es importante destacar que en un poco más de la mitad de los casos (59%) existe en las empresas recuperadas un espacio de encuentro para que  trabajadoras y trabajadores puedan compartir sus preocupaciones sobre temas que exceden las cuestiones productivas como, por ejemplo, problemas de salud, problemas para cubrir las necesidades de las personas a cargo, etc. Si bien el porcentaje de la muestra que ha optado por este tipo de soluciones es muy pequeño (solo un 5%) pudimos constatar que en cuatro casos han abordado estas problemáticas articulando con otros espacios que brindan servicios de cuidado. Puntualmente hemos relevado articulaciones con otras empresas recuperadas como el Sanatorio Perpetuo Socorro, que trabaja con la tercera edad, y con espacios para garantizar el cuidado de los niños y niñas, como una guardería y un espacio de trabajo socio-comunitario que lleva adelante el Frente de Organizaciones en Lucha (FOL). En el caso de la empresa recuperada Madygraf, además, y a partir del trabajo de la comisión de mujeres, decidieron armar una juegoteca para los hijos e hijas de los y las trabajadoras en el interior de la fábrica.

Nos parece importante destacar que fue gracias a la lucha de trabajadores y trabajadoras que se ha logrado la cobertura de ciertas contingencias a través de las prestaciones que brinda la seguridad social. Las tareas de cuidado, en cambio, aún se encuentran invisibilizadas. Esperamos que, empezar a generar datos sobre estas problemáticas en relación con los y las trabajadoras de las ERT, nos permita además de visibilizar y valorar todo este trabajo, pensar colectivamente otras formas para organizar la reproducción de las personas a partir de una organización social del cuidado que redistribuya la responsabilidad de cuidar y de proveer cuidado a través de la participación de distintos actores, además de los hogares, como el Estado, el mercado y otras organizaciones comunitarias.

 

 

[1] Este capítulo forma parte del Informe 2020 sobre la situación de las empresas recuperadas de trabajo del Programa Facultad Abierta. Se puede consultar en: www.recuperadasdoc.com.ar

[2] Antropóloga, integrante del Programa Facultad Abierta – SEUBE-UBA. Correo electrónico: ceciliagale@gmail.com

[3] Antropóloga, coordinadora del Programa Facultad Abierta - SEUBE – UBA. Correo electrónico: nattapolti@yahoo.com

[4] Para más información puede consultarse: Informe socioeconómico: seguridad social y cooperativas de trabajo en la argentina. Idelcoop y Programa Facultad Abierta. http://recuperadasdoc.com.ar/informe%20segsocial.pdf

“La seguridad social y el trabajo autogestionado”. Cuadernos para la autogestión n° 7. Programa Facultad Abierta. https://www.recuperadasdoc.com.ar/propias.html

5. El monotributo social es un régimen que permite a las personas consideradas en situación de vulnerabilidad social incorporarse al Sistema de Seguridad Social. Depende del Ministerio de Desarrollo Social en lugar de la AFIP. El costo que abona cada trabajador y trabajadora es el equivalente al 50% del componente de la obra social del monotributo general ($520,61 al momento de la redacción de este informe), los demás componentes son subsidiados por el Ministerio de Desarrollo Social. Para más información ver: https://www.anses.gob.ar/monotributo-social

 

[6] Montos vigentes al momento de la redacción del informe